DECRETO DE PRESCRIPCIÓN ENFERMERA

El Boletín Oficial del Estado publicó, el pasado 23 de octubre el nuevo «Real Decreto1302/2018, de 22 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros» que, como es sabido, fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes día 19.

El texto recoge los fundamentos de los acuerdos adoptados en el seno del Foro Profesional, regulado en el artículo 47 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre y subsana los «errores» cometidos por el Real Decreto anterior aprobado por el Gobierno del Partido Popular quien, como todos recordamos, introdujo, en su fase final y de forma inesperada, elementos que no habían sido contemplados en absoluto en su fase previa de negociación.

 

Asimismo, recoge su adaptación al Reglamento General de Protección de Datos,

 

Reglamento UE/2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y a las previsiones establecidas en la sentencia del Tribunal Constitucional 76/2018, de 5 de julio de 2018 en lo relativo a la obtención de la acreditación como enfermeros prescriptores, la cual deberá ser emitida por el órgano competente de cada comunidad autónoma.

 

Dicha sentencia, que parte de la premisa errónea de que en todos los títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión enfermera no se incluye formación específica del ámbito de la prescripción – cuando lo cierto es que los Graduados en Enfermería sí las tienen incluidas en sus planes de estudios-, ha ocasionado que en el trámite final tras el dictamen del Consejo de Estado se hayan modificado igualmente los requisitos exigidos a las enfermeras y enfermeros para obtener la acreditación, de modo que, además de la titulación correspondiente, se exigirá una experiencia profesional mínima de un año o, en su defecto, la superación de cursos de adaptación adecuados ofrecidos por la Administración sanitaria.

 

Corresponde ahora a los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, el desarrollo de este decreto y de la orden de dispensación enfermera para el ejercicio privado. Desde el Colegio tenemos previsto facilitar la implementación del Decreto mediante la realización de formación gratuita para los Colegiados que se adecue a lo previsto por la Comunidad Autónoma.

 

No cabe duda de que la aprobación de este nuevo Real Decreto representa la culminación de un muy extenso periodo de trabajo y negociación sucesiva con los diferentes gobiernos desde que, en el año 2003, se iniciara este proceso que viene a dar respuesta a la necesidad de dotar a las enfermeras/os de seguridad jurídica mejorando la continuidad asistencial y garantizando la misma seguridad de los pacientes.

 

El compromiso de este Colegio es continuar reivindicando, desde la seriedad y la firmeza con que se ha hecho siempre, todos aquellos aspectos aun pendientes para consolidar este desarrollo profesional y dar respuesta a las nuevas necesidades de salud configuradoras de ese nuevo paradigma de la atención sanitaria que hemos bautizado desde nuestra Organización como el tránsito del curar al cuidar. Entre esas reivindicaciones, cómo no, una que, a día de hoy, no ha sido posible articular como lo es la modificación tanto de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias como de la Ley de Garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios incluyendo al enfermero/a como prescriptor de pleno derecho. El paso que, con la aprobación de este Real Decreto, acabamos de dar nos sitúa entre los países más avanzados del mundo en cuanto al ejercicio profesional enfermero no solo por la obtención de esta nueva competencia sino por su aplicación a la totalidad de las enfermeras y enfermeros españoles.

 

Como ha expresado públicamente el Presidente de nuestro Consejo General este logro constituye, no una meta, sino una línea de salida en el empeño por la obtención de otras reivindicaciones aún pendientes que, con el esfuerzo de todos, la unidad de los profesionales y el compromiso de una profesión que no se aparta de su objetivo de «situar al paciente en el centro» estamos seguros alcanzaremos más pronto que tarde garantizando así lo que es nuestra misión: garantizar la seguridad de los pacientes desde una práctica profesional enfermera competente, autónoma y verdaderamente ética.