Reclamación de Prestación por Maternidad o Paternidad

El despacho CRISÓSTOMO & NAVARRO en colaboración con el despacho de D. Carlos Cabrera quieren ofrecer a nuestros colegiados la posibilidad de reclamar las cantidades abonadas indebidamente en concepto de IRPF durante las bajas maternal y paternal, tras la publicación de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que establece que la mencionada prestación debe considerarse exenta del impuesto de la renta.

Prescripción: el derecho a reclamar dicho importe prescribe si transcurren 4 años desde la presentación de la declaración de la renta del ejercicio en el que se percibió la prestación de maternidad. Por lo que, a día de hoy, sólo se puede reclamar  las prestaciones percibidas desde el ejercicio del año 2012 en adelante.

Para todos aquellos que estén interesados en su reclamación, no duden en ponerse en contacto con el despacho .

CRISÓSTOMO & NAVARRO  ABOGADOS

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