RD Prescripción Enfermera-Instrucciones del MSSSI Para Centros de Atención Primaria del INGESA

En el día de hoy hemos tenido conocimiento de una nota emitida por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del coordinador de los equipo de Atención Primaria, D. Enrique Ostalé Baeza (se adjunta la citada nota), en la que textualmente se dice y recomienda a los médicos:

«Registrar debidamente en la historia clínica del paciente las pautas de los tratamientos médicos, curas, aerosoles, etc. Especificando la composición, dosis y duración del tratamiento, estableciendo la metodología de práctica clínica y asistencial a seguir por la enfermería «.

Dichas instrucciones ponen de manifiesto que la interpretación que venimos haciendo desde la Mesa de la Profesión Enfermera, relativa a la aplicación de lo dispuesto en el RD 954/2015, de prescripción enfermera, es totalmente correcta.

En este sentido queremos seguir insistiendo en la necesidad de informar a nuestros colegiados para que se aseguren de que conste en la historia clínica toda pauta de tratamiento, antes de proceder a una administración del mismo.

Tenemos que insistir en que para poder realizar cualquier acto de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica, una vez estemos acreditados, se debe contar previamente con el correspondiente diagnóstico médico, la prescripción (especificando claramente toda su pauta, tal y como expresa la propia nota del MSSSI), la asignación del protocolo o guía (cuando estén debidamente aprobados y publicados en el BOE) y que el profesional médico realice el consiguiente seguimiento de la actuaciones para comprobar la evolución del paciente y ajustar el tratamiento si precisara.

 

Por tanto, consideramos de suma importancia trasladar lo antes posible, a través de todos nuestros medios, esta nota emitida por el MSSSI, ya que puede aclarar la situación ante el contenido de algunas de las notas emitidas en algunas comunidades autónomas por los correspondientes responsables sanitarios.