El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco da la razón al Colegio de Enfermería de Gipuzkoa y al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco en la sentencia que ha dictado con ocasión del recurso interpuesto por los Técnicos de Laboratorio.
El Colegio de Enfermería de Guipúzcoa informa sobre la sentencia firme, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), según la cual, los Técnicos Especialistas de Laboratorio (TEL) no pueden llevar a cabo extracciones de sangre ni toma de muestras biológicas humanas, ya que sus competencias en dichas materias quedan reducidas a la pura colaboración o auxilio y, en todo caso, bajo la dirección o supervisión facultativa, sin que puedan realizar por tanto tales tareas por propia iniciativa.
Esta sentencia, que es firme, lo que significa que ya no se puede recurrir, cierra un contencioso que viene desde la publicación del Decreto de 14 de junio de 1984, a partir de la cual desde la Unión de Técnicos Sanitarios de Euskadi (UTESE) se ha venido reivindicando la capacidad y competencia de los TEL para la realización de extracciones de sangre en los laboratorios de análisis clínicos.
puede ver el texto íntegro de la sentencia aquí
Fuente: Departamento de Comunicación Consejo General de Enfermería