RD Prescripción Enfermera-Instrucciones del MSSSI Para Centros de Atención Primaria del INGESA

En el día de hoy hemos tenido conocimiento de una nota emitida por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del coordinador de los equipo de Atención Primaria, D. Enrique Ostalé Baeza (se adjunta la citada nota), en la que textualmente se dice y recomienda a los médicos:

«Registrar debidamente en la historia clínica del paciente las pautas de los tratamientos médicos, curas, aerosoles, etc. Especificando la composición, dosis y duración del tratamiento, estableciendo la metodología de práctica clínica y asistencial a seguir por la enfermería «.

Dichas instrucciones ponen de manifiesto que la interpretación que venimos haciendo desde la Mesa de la Profesión Enfermera, relativa a la aplicación de lo dispuesto en el RD 954/2015, de prescripción enfermera, es totalmente correcta.

En este sentido queremos seguir insistiendo en la necesidad de informar a nuestros colegiados para que se aseguren de que conste en la historia clínica toda pauta de tratamiento, antes de proceder a una administración del mismo.

Tenemos que insistir en que para poder realizar cualquier acto de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica, una vez estemos acreditados, se debe contar previamente con el correspondiente diagnóstico médico, la prescripción (especificando claramente toda su pauta, tal y como expresa la propia nota del MSSSI), la asignación del protocolo o guía (cuando estén debidamente aprobados y publicados en el BOE) y que el profesional médico realice el consiguiente seguimiento de la actuaciones para comprobar la evolución del paciente y ajustar el tratamiento si precisara.

 

Por tanto, consideramos de suma importancia trasladar lo antes posible, a través de todos nuestros medios, esta nota emitida por el MSSSI, ya que puede aclarar la situación ante el contenido de algunas de las notas emitidas en algunas comunidades autónomas por los correspondientes responsables sanitarios.

Bruselas lanza el certificado profesional europeo para enfermeros, farmacéuticos y fisioterapeutas

La Comisión Europea ha puesto este lunes en marcha la tarjeta profesional europea (EPC en sus siglas en inglés) para profesionales de enfermería, farmacia y fisioterapia, que facilitará el desarrollo de su actividad en todos los Estados miembros de la UE, según ha informado en un comunicado.

A través de esta tarjeta, que es en realidad un certificado digital, los profesionales de estos sectores obtienen de forma un reconocimiento de su cualificación en otro país de la Unión distinto al del país de origen. La evaluación de las mismas se efectuará en base a las normas existentes, aunque el mecanismo estará simplificado mediante un procedimiento electrónico.

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El CGE pone a disposición de los enfermeros los escritos que garantizan su seguridad jurídica ante el Real Decreto de prescripción

El Consejo General de Enfermería quiere recordar a todos los profesionales que el pasado día 23 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto de prescripción enfermera, el mismo que fue adulterado en el último minuto, a espaldas de las instituciones enfermeras, introduciendo modificaciones que suponen un retroceso a nuestro desarrollo profesional. Un texto sobre el que ya han mostrado su rechazo todos los partidos de la oposición en bloque (PSOE, Ciudadanos, Podemos, Izquierda Unida y UPyD) así como un total de 12 Comunidades Autónomas.

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El Supremo admite a trámite el recurso del CGE para suspender el Art 3.2 del RD de prescripción enfermera

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado por el Consejo General de Enfermería contra el párrafo segundo del artículo 3, apartado 2 del Real Decreto de Prescripción Enfermera aprobado por el Gobierno del PP traicionando a la profesión que se veía regulada por él (Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros).

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Convocatoria de Asamblea General de Colegiados

El Presidente del Colegio Oficial de Enfermeros de Santa Cruz de Tenerife convoca ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE COLEGIADOS, para el día 17 de febrero de 2016 en la sede del Colegio, sito en la calle San Martín Nº 63, a las 19:00 horas en primera convocatoria y media hora después en segunda, con arreglo al siguiente orden del día.

ORDEN DEL DIA

  1. Lectura y aprobación, si procede, del Acta de la Asamblea anterior.
  2. Exposición por la Junta de Gobierno de la actuación del Colegio durante el año anterior y el estado en el que se hallan las gestiones realizadas.
  3. Discusión y aprobación, si procede, de la Memoria Anual.
  4. Discusión y aprobación, si procede, del Balance de Cuentas de Ingresos y Gastos del año 2015 y aprobación, si procede, del Presupuesto de Ingresos y Gastos para el ejercicio 2016.
  5. Propuesta de inversiones y aprobación si procede.
  6. Modificación de estatutos y aprobación si procede
  7. Ruegos y preguntas.

asamblea

Publicada la Fecha del Exámen OPE de Enfermería del Servicio Canario de Salud.

El examen de la OPE del Servicio Canario de Salud tendrá lugar el próximo domingo 31 de enero de 2016.

Adjuntamos abajo enlace con la Resolución, los listados de admitidos y excluidos definitivos .

Los lugares fecha y hora de realización del ejercicio de la fase de oposición de la Oferta Pública de Empleo del Servicio Canario de Salud (SCS) y las causas de exclusión aparecen en el Anexo III y IV.

El Gobierno del PP consuma su traición al sistema sanitario publicando hoy el RD de “anti prescripción” enfermera

El Partido Popular repite jugada antidemocrática publicando en el BOE el RD de prescripción enfermera en plena resaca postelectoral y a pocas horas de Nochebuena y Navidad

  • La publicación del RD en el BOE, con la grave modificación del artículo 3, en plena resaca postelectoral y a pocas horas de la Navidad es una cobardía sin precedentes de un Gobierno que busca silenciar las negativas consecuencias que esta norma va a suponer para los pacientes y para la sanidad: grave colapso y parálisis asistencial.
  • El Partido Popular se ha quedado sólo en la defensa de su decreto: ya han mostrado su rechazo radical a este texto normativo todos los principales partidos políticos en bloque (PSOE, Ciudadanos, Podemos, PNV, Izquierda Unida y UPyD), así como un total de 12 Comunidades Autónomas.
  • Los enfermeros ya no podrán realizar sus actuaciones habituales en las campañas de vacunación, el seguimiento de crónicos o la cura de heridas, por ejemplo, sin que el paciente haya sido diagnosticado previamente por el médico en todo momento, incluyendo el más mínimo cambio en su evolución. Esto conllevará más esperas, más gestiones y más burocracia.
  • Haremos uso de todas y cada una de las acciones que permita la legalidad vigente y la Constitución Española para evitar su aplicación incluyendo un calendario de movilizaciones, así como actuaciones jurídicas, mediáticas e informativas en el ámbito nacional e internacional.

Madrid, 23 de diciembre de 2015.- El Gobierno del Partido Popular ha culminado su traición a la profesión enfermera y al normal funcionamiento del sistema sanitario, y lo ha hecho de la misma manera que aprobó el RD de prescripción enfermera en el Consejo de Ministros: con nocturnidad y demostrando una cobardía política sin precedentes en la historia de la Sanidad y la democracia. El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ya en funciones, ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto con el texto definitivo del artículo 3, el mismo que fue adulterado en el último minuto, a espaldas de las instituciones enfermeras, del Consejo de Estado y de las Comunidades Autónomas, que son quienes verdaderamente gestionan la sanidad y que habían aprobado por unanimidad el decreto original. Estas modificaciones introducidas en el texto legal son radicalmente contrarias al normal funcionamiento de la sanidad y suponen un retroceso de décadas al desarrollo profesional enfermero y, lo que es peor, su aplicación generará un colapso sin precedentes en el sistema sanitario.

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Publicación en el BOE del acuerdo del Consejo de Ministros por el que se determina en el nivel de correspondencia al nivel MECES del título de DUE

Publicado Boletín Oficial del Estado de hoy 30 de noviembre, la Resolución de 30 de octubre de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, por la que se publica el referido acuerdo

Así, el citado acuerdo establece literalmente:

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 30 de octubre de 2015, acuerda:

Primero. Determinación del nivel MECES del título universitario de Diplomado en Enfermería.

De conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, se determina que el título oficial universitario de Diplomado en Enfermería se corresponde con el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.

Asimismo se indica que el nivel 2 de MECES se corresponde con el nivel 6 del Marco Europeo de Cualificaciones.

 

En virtud de ello, volvemos a recordar que la citada correspondencia tiene efectos académicos y profesionales, lo que significa que a partir de este momento todos los enfermeros, independientemente del título universitario que posean (Diplomado en Enfermería ó Graduado en Enfermería) tienen los mismos derechos desde el punto de vista académico y profesional.

 

Tal y como establece el RD 967/2014 dichos efectos se definen como:

 

Efectos académicos: los inherentes a la obtención de los títulos oficiales que conforman el Sistema Universitario Español y que permiten la prosecución de estudios en el mismo o diferentes niveles educativos del Sistema Educativo Español.

Efectos profesionales: aquéllos proporcionados por los títulos universitarios oficiales que permiten el acceso al ejercicio de alguna de las profesiones reguladas.

 

Evidentemente, se trata de una importante y positiva noticia para nuestra profesión, constituyendo un auténtico hito histórico. Recordemos que la Organización Colegial de Enfermería y este Consejo General siempre han defendido la unificación de la profesión en un único título. Por ello hemos venido trabajando en este sentido hasta alcanzar el objetivo propuesto, conjuntamente con el Sindicato de Enfermería SATSE, en la Mesa de la Profesión Enfermera.

 

Ahora ha llegado el momento de informar a todos nuestros colegiados de lo que supone este acuerdo y cómo pueden acreditar la correspondencia del título.

Tal y como se establece en el RD 967/2014, la correspondencia del Título de Diplomado Universitario en Enfermería al nivel 2 del MECES, es decir su correspondencia con el título de Graduado en Enfermería, se podrá acreditar de dos formas diferentes:

 

Artículo 27. Expedición de certificados.

 

  • La posesión del nivel MECES correspondiente por un titulado o titulada quedará acreditada con la mera referencia de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, presentada de forma conjunta con el título de Diplomado Universitario en Enfermería.
  • Con independencia de lo previsto en el apartado 1 anterior, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte adoptará las medidas necesarias para que a través de su Sede Electrónica el interesado que así lo desee pueda obtener dilectamente un certificado de correspondencia ti nivel MECES, expedido por la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones.

 

Por lo tanto, los interesados podrán optar por presentar, cuando así se lo soliciten:

su título de Diplomado Universitario en Enfermería, junto con una copia del acuerdo del Consejo de Ministros que hoy se publica en el BOE, o

solicitar un certificado de correspondencia en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Independientemente de que ambas fórmulas son válidas animamos a todos los colegiados a que soliciten el certificado de correspondencia. En el momento publicación de esta de esta información, aún no está disponible el correspondiente enlace en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. No obstante adjunto remitimos, como anexo 1, una presentación en la que de forma detallada mostramos los pasos a seguir para acceder al espacio de la sede electrónica donde se podrá solicitar el mencionado certificado. Asimismo, el siguiente enlace les dará acceso directo a la citada herramienta:

https://sede.educacion.gob.es/tramite/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=617

OPE IASS, se inicia el plazo de inscripción desde el 12-11-15

El plazo de presentación de instancias será de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en el que se hará referencia a la publicación de la convocatoria y de las Bases en los Boletines Oficiales de la Provincia. Si el último día del plazo finaliza en domingo o día festivo, se ampliará al primer día hábil siguiente.

Las 23 plazas de Enfermero/a, Grupo A2, del turno de acceso libre que se convocan se corresponderán con las incluidas en el proceso especial de Consolidación de Empleo Temporal, previsto en el artículo 67.2 y la Disposición Adicional Primera del Convenio Colectivo Único del IASS.

Convocatoria en el BOE

Bases Específicas Convocatoria IASS BOP 021115

Reglas genéricas bases específicas convocatoria pública plazas vacantes IASS